domingo, 17 de junio de 2012


JUSTICIA PARA UNOS, INJUSTICIA PARA OTROS

            El artículo 20 del Código Penal habla sobre las situaciones en las que puede existir una eximición de los cargos cometidos debido a las condiciones en las que se encontraba el sujeto que desarrolló los actos penales. Por ejemplo, si una persona mató a otra y estaba bajo los efectos de una droga o el alcohol, la pena que se le impone puede verse reducida o incluso desaparecer, pero ¿es esto justo para la persona sobre la que se han cometido los actos?¿ no recae sobre el acusado la responsabilidad de no perder el control sobre su persona debido a la ingestión de ciertas sustancias?.

            Lo que está claro es que si una persona, llamémosla X, mata a otra aún estando bajo los efectos de cualquier sustancia, siempre va a ser culpable. Pero el dilema recae en si es justo o no que su pena se vea rebajada por el hecho de no poseer control completo de su persona.

            Podríamos decir que si en el momento en que ha cometido el acto no podía saber lo que hacía, obviamente no puede recaer sobre X toda la responsabilidad, es decir, no podemos echarle la culpa. Claro que por otro lado debemos de contemplar que ese delito se ha cometido porque X ha tomado ciertas sustancias que no debería haber tomado, y en el momento de la ingesta, estaba en pleno uso de sus facultades, por lo que se podría decir que X es culpable porque aunque no quisiera realizar el delito, se produjo por un irresponsabilidad que cometió.

            Estas reflexiones son para un caso específico de eximición, ¿pero y si ocurriera que el delito que ha cometido X fue debido a que sufre de una alteración psíquica y no tiene uso de razón?. Bueno, en este caso alo mejor se podría asumir la eximición sin ninguna objeción, porque X no sabe lo que hace.

            Otro caso interesante a debatir sería si X comete un delito, por ejemplo robar, pero lo hace por necesidad.¿ Sería entonces culpable X?. Tenemos que pensar que X a robado por necesidad, se veía obligado porque temía por su integridad. Si ocurre así, podemos pensar que aunque sea culpable, se le podría eximir. Pero también puede ocurrir que la persona que ha sufrido el robo se haya visto afectada por la acción de X. ¿Qué haríamos entonces?¿Condenaríamos a X por haber hecho que la otra persona haya sufrido daños, o dejaríamos que saliera indemne y la víctima tendría que aguantarse?

            En todos estos casos es difícil decidir la condena y el resultado del juicio, al igual que en muchos otros, como por ejemplo si X mata a otra persona pero lo hace mientras está cumpliendo un deber.¿ Podríamos entonces imponerle una condena?. Tendríamos que estudiar como ocurrieron los hechos, porqué se vio obligado a realizar esa acción, que hizo la persona que X mató para que lo matase, etc.

                        En conclusión, podemos decir que en todos estos casos en los que es posible una eximición , es difícil decidir la condena y la eximición, porque hay que contemplar todos los aspectos del crimen, la situación en la que fue cometido y el modo en que se hizo.

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